El servicio de ciudadanía y reporte de nacimiento es con previa cita, solo en caso de emergencias se atenderá sin cita.
Ciudadanía/Reportes de Nacimiento
Adquisición de Ciudadanía Americana por Niños Nacidos fuera de los Estados Unidos
Los hijos nacidos fuera de los Estados Unidos de ambos padres ciudadanos americanos, adquieren la ciudadanía americana al nacer. Aún cuando solo uno de los padres sea americano, el niño puede adquirir la ciudadanía americana, siempre y cuando se cumplan los requisitos de ley antes del nacimiento del niño. Solicitantes mayores a 18 años, quienes quieren solicitar ciudadanía derivada por medio de uno, o ambos padres americanos, pueden solicitar pasaporte tipo libro y/o tarjeta. Solicitantes menores a 18 años tienen la opción de solicitar pasaporte libro y/o tarjeta, y/o de solicitar un reporte de nacimiento de niño americano nacido fuera de EE.UU. (llamado Consular Report of Birth Abroad o CRBA en inglés). El CRBA no es un documento para viajar, pero es prueba de que la ciudadanía americana se adquirió al momento mismo del nacimiento, y no tiene fecha de vencimiento.
La informacion de las siguientes ligas esta en Inglés:
Haga clic aquí para más información sobre la Adquisición de Ciudadanía Americana por Niños Nacidos Fuera de los EE.UU. y aquí para más información sobre los CRBAs.
Si usted cree que cumple con todos los requisitos, haga clic aquí para más información sobre cómo solicitar pasaporte americano.
Si quiere solicitar un CRBA para un menor de 18 años, favor de completar la forma DS-2029 y la forma Affidavit of Parentage and Physical Presence, y reúna toda la evidencia requerida para demostrar la ciudadanía americana del padre y/o la madre del solicitante, así como también de la evidencia de su presencia física en los Estados Unidos antes del nacimiento del solicitante.
Una vez que tenga toda su documentación preparada, por favor haga clic aquí para solicitar una cita en el Consulado. Se puede pagar en efectivo (dólares o pesos, pero una sola moneda) o con tarjeta de crédito. Favor de pagar la cantidad exacta.
Los ciudadanos americanos que radican en la parte sur de Baja California Sur pueden solicitar en la Agencia Consular Americana de Cabo San Lucas. Haga click aquí para contactar la Agencia Consular.
Si solicita en la Agencia Consular, necesita también cumplir con todos los requisitos enumerados en este sitio.
